Presencia ilegal en EE.UU. “La pesadilla de un nacional extranjero”
septiembre 13th, 2023 admin Posted in Sin categoría | No Comments »
¿Qué significa “presencia ilegal”?
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que: alguien está sujeto a presencia ilegal cuando se encuentra en los EE.UU. después del período de vencimiento de estadía autorizado por el Fiscal General (autoridad responsable de decidir quién es admitido en los EE.UU.) o se encuentra en los EE. UU. sin haber sido admitido o sin haber obtenido la libertad condicional.
Enseguida mostramos un caso de presencia ilegal a modo de ejemplo:
John Fanta voló a Estados Unidos desde Nigeria con una visa B1. A su llegada, el funcionario de inmigración del aeropuerto estampó en su pasaporte una estancia autorizada de seis meses.
Pregunta: Si John se queda 180 días más de los seis (6) meses autorizados en su pasaporte, ¿ha acumulado presencia ilegal?
Respuesta: Sí. John estará sujeto a la prohibición de entrada al país durante tres años.
Pregunta: Si John se queda un año más del período autorizado de seis (6) meses que se le concedió, ¿ha acumulado presencia ilegal?
Respuesta: Sí. John estará sujeto a la prohibición de entrada al país durante 10 años.
Pregunta: Si John se queda 179 días más de la estancia permitida por las autoridades migratorias estadounidenses y viaja de regreso a su país, luego regresa al año siguiente y se queda 179 días más del período otorgado, ¿ha acumulado presencia ilegal?
Respuesta: No. La presencia ilegal se calcula por el tiempo no autorizado durante una sola estadía en los Estados Unidos.
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